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La Compañía de Seguros de Retiro La Estrella se dirige a los empleados que están bajo el convenio 130/75 en el sector de Comercio y Servicios. Este seguro es un plan de jubilación privado obligatorio y complementario al sistema previsional. A continuación, analizaremos qué es el seguro de retiro La Estrella, así como los requisitos y beneficios del plan.

Seguro de retiro La Estrella: Definición

El seguro de retiro La Estrella es un seguro adicional que los empleados incluidos en el convenio 130/75 deben pagar, y que el empleador paga mensualmente en beneficio del empleado. Este seguro ofrece una renta vitalicia al asegurado una vez que alcance la edad de jubilación, que es de 65 años para hombres y 60 años para mujeres.

El seguro de retiro La Estrella, conocido también como Plan de Jubilación Privada para empleados de Comercio y Servicios, brinda cobertura a aquellas personas que trabajan o han trabajado en el sector mercantil desde septiembre de 1991 en adelante. Este plan tiene las siguientes características:

  • El financiamiento del plan se realiza a través de las primas mensuales pagadas por el empleador en beneficio del empleado.
  • Las primas se distribuyen de esta manera:

    • El 50% se destina a la Cuenta Individual de cada asegurado.
    • El 50% restante se destina a financiar el beneficio básico.
  • El pago de las primas se realiza entre el 1º y el 15º día del mes siguiente al cobro de las remuneraciones, en las entidades bancarias habilitadas para este fin.
  • La distribución de las primas se realiza mediante el formulario Declaración Jurada de Aportes (DJA).

Seguro de retiro La Estrella: Beneficios

Los asegurados que cumplan con los requisitos del seguro de retiro La Estrella podrán acceder a una renta mensual y vitalicia, compuesta de la siguiente forma:

  • Un beneficio básico, el cual es uniforme para todos los asegurados.
  • Un beneficio adicional, cuyo valor dependerá del saldo de la Cuenta Individual de cada asegurado. Este valor estará determinado por los años en los que el asegurado haya estado en el plan y su nivel salarial, entre otros factores.

La renta vitalicia obtenida a través del seguro de retiro La Estrella tiene tres modalidades:

  • Renta vitalicia normal: el asegurado recibirá el beneficio de por vida, exclusivamente para él mismo.
  • Renta vitalicia con seguro de vida: el asegurado recibirá el beneficio de por vida y podrá designar a un beneficiario para que cobre un seguro de vida, cuyo monto será 25 veces la renta percibida.

    Es importante tener en cuenta que esta elección implica una reducción de aproximadamente el 10% en la renta mensual del asegurado, dependiendo de su edad y sexo.
  • Renta vitalicia extensiva a un tercer designado: el asegurado recibirá el beneficio de por vida y podrá designar a un beneficiario para que, en caso de fallecimiento, reciba una renta vitalicia equivalente al 70% de la última renta percibida por el asegurado.

    Es importante tener en cuenta que esta elección implica una reducción de aproximadamente el 26% en la renta mensual del asegurado, dependiendo de su edad, sexo y la diferencia de edad con respecto al beneficiario designado, que no debe superar los 10 años.

Requisitos del seguro de retiro La Estrella para obtener una renta vitalicia

Para acceder al beneficio básico del seguro de retiro La Estrella y obtener una renta vitalicia, el afiliado debe cumplir los siguientes requisitos:

  • Tener una edad de retiro de 65 años para hombres y 60 años para mujeres.
  • Tener una antigüedad laboral en empresas del sector que cumpla con los siguientes criterios:

    – Los asegurados que comenzaron a trabajar antes de septiembre de 1996 deben acreditar al menos 5 años de antigüedad en el sector para acceder al 100% del beneficio básico.

    – Los asegurados que comenzaron a trabajar después de septiembre de 1996 accederán a un porcentaje del beneficio básico, determinado por su antigüedad en el sector (por ejemplo, con 10 años de antigüedad acceden al 50% y con 20 años de antigüedad al 100%).

  • Se sumarán los años de servicio en el sector para calcular la antigüedad, siempre y cuando no haya interrupciones superiores a 12 meses ni rescates de las Cuentas Individuales.
  • Es necesario mantener los fondos de la cuenta hasta alcanzar la edad de retiro acordada si el asegurado ha obtenido su jubilación oficial anticipadamente.
  • Las empresas deben estar al día con el pago de las primas y presentación de las Declaraciones Juradas correspondientes.

Además, para obtener un beneficio adicional, el asegurado solo necesita haber alcanzado la edad de retiro (65 años para hombres y 60 años para mujeres).

Reintegro de la Cuenta Individual en el seguro de retiro La Estrella

En el caso de la Cuenta Individual en el seguro de retiro La Estrella, a la cual se destina el 50% de la prima pagada por el empleador al asegurado, se realizará un reintegro en caso de ocurrir alguno de los siguientes eventos:

  • Desvinculación: Si el asegurado deja de trabajar en la empresa, puede retirar el saldo completo de su Cuenta Individual o mantener los fondos en el plan para obtener el beneficio adicional de la renta vitalicia. 

    Si el asegurado ingresa a otra empresa del sector antes de que pasen 12 meses desde la desvinculación, y no ha solicitado el reintegro de su Cuenta Individual, puede incluir los años de servicio previamente acreditados.

  • Invalidez durante la Etapa Activa: Si el asegurado sufre una invalidez total y permanente, se le devolverá el 100% del saldo de su Cuenta Individual.
  • Fallecimiento del asegurado durante la Etapa Activa: Los herederos legales pueden obtener la devolución del 100% del saldo de la Cuenta Individual del asegurado.

En todos estos casos, la gestión de los beneficios es personal y el asegurado debe informar a La Estrella S.A. Compañía de Seguros de Retiro sobre su decisión, completando los formularios correspondientes.

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