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En vista del elevado nivel de inflación en Argentina, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha decidido incrementar los montos mínimos de depósito que los bancos deben informarle.

Una gran parte de la fuerza laboral en nuestro país se encuentra empleada en la economía informal, debido a que los impuestos y las cargas sociales asociadas al empleo formal resultan excesivamente onerosos para las pequeñas empresas y los emprendedores.

Los ingresos no declarados a la AFIP por parte de los trabajadores informales pueden dar lugar a investigaciones. No obstante, dado que resulta poco rentable investigar a individuos con ingresos bajos o medios, los montos mínimos que los bancos deben informar han sido aumentados con el fin de tener en cuenta la inflación.

¿Cuál es el monto mínimo para depositar sin declarar?

Anteriormente, el umbral mínimo por el cual los bancos debían informar al fisco era de $30,000, que en la actualidad ni siquiera equivale a un salario mínimo vital y móvil. Debido al elevado índice de inflación, este monto se ha vuelto obsoleto, por lo que la AFIP ha considerado necesario actualizarlo.

Actualmente, el monto máximo que se puede depositar sin tener que declarar es de $90,000 al mes. Sin embargo, es importante tener en cuenta que este límite es mensual, lo que implica que si se realizan dos depósitos de $60,000 en el mismo mes, el banco deberá informarlo a la AFIP.

El límite máximo para depositar sin justificar el origen de los fondos es de $90,000 mensuales.

Este límite también abarca todas las acreditaciones mensuales, no solo los depósitos, sino también las transferencias recibidas. Además, este límite incluye los saldos de cuenta y los depósitos a plazo fijo, por lo que no se trata realmente de una cifra significativa.

«Los cambios permiten a las entidades financieras agilizar su operación y a la vez el organismo recibe información de manera automática y permanente sobre las acreditaciones mensuales, los retiros, los saldos de cuentas, los depósitos a plazo fijo y los gastos con tarjeta», comunicó la AFIP.

En relación a los gastos realizados con tarjetas de crédito y débito, se ha incrementado el límite de $10,000 a $30,000, respectivamente.

Debido al actual contexto inflacionario, ha habido un aumento del 200% en el umbral mínimo requerido para que los bancos informen a la AFIP.

¿Qué tipo de información deben reportar los bancos a la AFIP?

Según las regulaciones vigentes, los bancos tienen la obligación de informar al fisco cualquier actividad financiera realizada por sus clientes, siempre y cuando dicha actividad supere ciertos umbrales establecidos previamente.

Esto abarca la adquisición de divisas extranjeras, así como los saldos y movimientos en las cuentas bancarias. Además, cualquier transferencia, depósito o retiro de dinero, tanto en moneda local como extranjera, también debe ser informado al fisco.

Por otro lado, en caso de recibir transferencias en divisas extranjeras, como por ejemplo en dólares, los bancos solo podrán aceptar una transferencia en dicha moneda por mes, en cumplimiento con las regulaciones del BCRA.

No está permitido recibir más de una transferencia en una moneda extranjera por mes, a menos que se pueda justificar adecuadamente. Si el cliente no puede proporcionar la documentación necesaria, el banco rechazará la transferencia y devolverá los fondos al remitente.

¿Qué ocurre si se excede el umbral máximo establecido por el fisco?

Si la actividad financiera de un cliente supera el umbral máximo establecido por la AFIP, el banco estará obligado a reportar dichos movimientos al fisco. La AFIP comparará esta información con la que el cliente ha declarado previamente.

Por ejemplo, si se realizan compras por un total de $50,000, excediendo el umbral máximo de $30,000, el banco informará a la AFIP. Si el cliente ha declarado ingresos por un total de $200,000, la AFIP contrastará ambas cifras para evaluar si esta actividad financiera es «normal» en relación con los ingresos declarados.

En caso contrario, si no se ha declarado ninguna fuente de ingresos y/o se reciben beneficios gubernamentales, es probable que la agencia tributaria solicite información sobre el origen de los fondos. En esta situación, será necesario presentar documentación que justifique los gastos, como por ejemplo, la venta de una propiedad.

En la situación de que, desafortunadamente, no tengamos los documentos de respaldo, la agencia tributaria tiene la posibilidad de tomar acciones legales y requerirnos el pago de los impuestos que presuntamente hemos «evadido», como, por ejemplo, el impuesto de monotributo junto con la correspondiente multa.

El problema se complica aún más cuando se trata de transacciones en moneda extranjera, ya que estas están sujetas a la «legislación penal cambiaria»; el estado podría llegar a suponer que hemos adquirido dólares a particulares, algo que el BCRA prohíbe.

Según el BCRA, queda prohibida la compra y venta de moneda extranjera entre particulares.

De igual manera, la Ley Penal Cambiaria establece que la compra y venta de moneda extranjera entre particulares está prohibida.

Además de los impuestos posibles en este caso, se nos impondrá una multa que puede llegar a ser hasta 10 veces el monto de la operación. En caso de reincidencia, nos enfrentaremos a una multa de 3 a 10 veces el monto operado y, posiblemente, una sentencia de prisión de 1 a 4 años.

Si es nuestra segunda reincidencia, la pena de prisión sería de 1 a 8 años, además de una multa equivalente a 10 veces el monto operado.

¿Cuáles son las consecuencias de depositar 1 millón en un depósito a plazo fijo?

Si depositamos 1 millón de pesos en un depósito a plazo fijo y no contamos con ingresos declarados que respalden dicho monto, es muy probable que el banco nos solicite «justificar el origen de los fondos».

Es crucial tener conocimiento de los límites establecidos por AFIP para evitar la obligación de justificar la procedencia de los fondos.

En el caso de no cumplir con estas medidas, la entidad correspondiente tiene el poder de cerrar nuestra cuenta y emitir un Reporte de Operación Sospechosa (ROS) a la Unidad de Información Financiera (UIF).

En general, la siguiente documentación se utiliza para justificar el origen de los fondos:

  • Comprobantes de ingresos salariales y beneficios jubilatorios.
  • Constancia de monotributo.
  • Facturación de los últimos meses.
  • Certificado de fondos emitido por un contador público.
  • Declaración de heredero.
  • Documentación que acredite la venta de acciones o empresas.
  • Boletos de compraventa, como en el caso de la venta de un automóvil.

¿Cuál es el límite de dinero que se puede invertir en un plazo fijo sin declarar en Argentina?

El monto máximo que se puede invertir en un plazo fijo sin declarar en Argentina es de $200.000, incluyendo todo tipo de acreditaciones como depósitos, transferencias y otro tipo de inversiones.

También es importante tener en cuenta que las instituciones financieras verifican constantemente los datos con organismos como el BCRA y AFIP. Si tienes ingresos legalmente registrados y el dinero que invertiste en el plazo fijo «coincide» con tu perfil, es muy probable que no se te solicite declarar explícitamente el dinero invertido.

¿Cuál es la cantidad mínima de dinero que se puede colocar en un plazo fijo?

El monto mínimo que se puede colocar en un plazo fijo varía según cada banco. Por lo general, el monto mínimo oscila entre $500 y $2.000.

Además, es importante tener en cuenta que el monto mínimo para realizar un plazo fijo puede variar dependiendo de si se realiza a través del homebanking o en una sucursal.

El monto mínimo para realizar un plazo fijo depende de cada banco.

De esta forma, mediante la banca en línea, el monto de inversión mínimo se reduce significativamente, ya que para la entidad bancaria es mucho menos oneroso que sus clientes realicen sus depósitos a plazo fijo de manera virtual en lugar de acudir en persona.

En tiempos anteriores, las tasas de interés también mostraban una gran diferencia. Las tasas ofrecidas en atención presencial solían ser considerablemente más bajas en comparación con las tasas ofrecidas a través de servicios en línea.

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